Una nueva victoria de Peñarol en Futsal, pero esta vez, se dio en los escritorios luego de que el Tribunal de Contiendas fallara no haciendo lugar a la demanda presentada por el tradicional rival.

A fines de la temporada pasada, el tradicional rival organizó una cena para despedir el año. En esa reunión, estuvieron presentes dirigentes, cuerpo técnico y jugadores del plantel de ellos. En la misma, el jugador Xavier Medina tomó la palabra e informó que esa había sido su última temporada como jugador de ese Club, y que a partir del año 2012, jugaría en Peñarol.

En los primeros días de enero de este año, se integró a la delegación de nuestra Institución que viajó a Mar del Plata para disputar el torneo internacional amistoso «Diez años del programa Futsal A.F.A.» que semanalmente se emite por el canal Fox Sports.

En un entrenamiento previo al inicio del torneo, en una jugada absolutamente casual que lo tuvo como único protagonista, sufrió rotura de ligamentos de su pierna izquierda. Luego de varios estudios hechos por Peñarol, fue operado en el mes de marzo y actualmente está en las etapas finales de su recuperación.

No obstante todos los hechos relatados, el tradicional rival presentó una denuncia en contra del Sr. Medina, solicitando que fuera inhabilitado por un año por haber incumplido lo dispuesto en el Artículo número 24  del Reglamento General de Fútbol Sala. Este artículo se refiere a que un jugador no puede jugar un partido o torneo internacional con otra institución, sin antes haber pedido pase.

En esta ocasión, los integrantes de la Comisión de Futsal en Peñarol contaron con el invalorable apoyo profesional del Dr. Ricardo Rachetti, quien redactó los descargos que fueron presentados en tiempo y forma. Además, se le ofreció al Tribunal la posibilidad de realizar un careo entre el jugador y los dirigentes y miembros del cuerpo técnico presentes en la reunión mecionada.

El Tribuna estableció que «en este caso, el jugador no debió cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento General de Fútbol Sala», siendo su fallo no hacer lugar a la demanda por los argumentos expuestos.