Transcripción íntegra del sitio web oficial de Peñarol 

El Club Atlético Peñarol pone en conocimiento de sus socios e hinchas que, por resolución unánime del Consejo Directivo en sesión ordinaria del 10 de junio del presente año, ha definido establecer criterios de admisibilidad, procedimiento e interpretación respecto a las solicitudes de pérdida de la calidad de socios de las personas condenadas por delitos graves.

De esta manera el Club habilita, bajo el cumplimiento de una serie de requisitos, la pérdida de la calidad de socio para aquellas personas que fueran condenadas por delitos graves tales como crímenes de lesa humanidad, genocidio, terrorismo, homicidio con circunstancias agravantes especiales -incluyendo el femicidio-, violación y abuso sexual.

Las personas comprendidas en las circunstancias descritas no representan en forma alguna los valores de la institución.

Se trata de una decisión histórica, que fue adoptada en vista de las recomendaciones de la Comisión de Asuntos Legales sobre los pasos a seguir frente este tipo de solicitudes por parte de socios, en el entendido de que es necesario dotar de previsibilidad y reglas claras sobre el tema, al tiempo de garantizar el debido proceso de cualquier persona implicada en este tipo de solicitud.

Además, se enfatiza que toda solicitud sobre pérdida de calidad de socio debe ser presentada y decidida con absoluta prescindencia política y filosófica, principio fundamental del Club según su Estatuto.

El Club Atlético Peñarol, honrando los fines y valores consagrados desde su nacimiento, mantiene en alto su firme compromiso con sus socios e hinchas, y con la sociedad uruguaya en su conjunto, promoviendo la práctica del deporte, el bienestar y la sana convivencia en sociedad.

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